CLASIFICACION DE LOS ESTADOS

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SEGUN SUS FORMAS Y ELEMENTOS

 

por Igor Andruskiewitsch

 

(Resumen de conferencias dictadas en Cariátide en los años 2005 - 2013)

 

 

 

Clasificaciones de la realidad circundante
 

Casi simultáneamente con el surgimiento de las ciencias, en la Grecia antigua se hace evidente la necesidad de elaborar clasificaciones. El caso más evidente es la clasificación por Aristóteles de los silogismos en su lógica que, aún hoy, sigue vigente.
 

En el campo de las ciencias políticas, la necesidad de clasificaciones de los regímenes políticos de estados y de sus formas de gobierno era más necesaria que en otros campos, por las mismas circunstancias de la realidad política en la Grecia.
 

En primer lugar, son notorias las diferencias entre los regímenes políticos en el mundo griego y en las civilizaciones orientales, en sus múltiples contactos con Grecia. En segundo lugar, el mundo griego está lleno de ejemplos de variados tipos y formas de gobierno y regímenes políticos. Esta diversidad de la realidad política circundante requiere, de por sí, un ordenamiento y una clasificación de sus manifestaciones, lo que, a su vez, exige definiciones de la terminología utilizada para tal fin.
 


La primera clasificación de Platón
 

Uno de los primeros intentos de clasificación nos lo ofrece Platón, quien enumera en forma lineal decreciente cinco regímenes políticos que, prácticamente, representan toda la escala posible de los mismos. Uno solo de ellos es el régimen sano, el régimen real (basilikos), que puede ser indistintamente monárquico o aristocrático. Los demás son cuatro «enfermedades de Estado», por orden de mayor a menor felicidad: el timocrático (el poder de la gente del honor), el oligárquico (el poder de unos pocos ricos), el democrático (el poder de la muchedumbre) y el tiránico (el poder de un «hombre peor e injusto, que se tiraniza a si mismo y tiraniza al estado»). Platón enumera así estas «cuatro enfermedades de estado»:
 

«El tan ensalzado por el vulgo poder timocrático, ése de los cretenses y lacedemonios (espartanos); el segundo en orden y el segundo también en cuanto a popularidad, la llamada oligarquía, régimen lleno de innumerables vicios; sigue a éste su contrario, la democracia, y luego la gloriosa tiranía, que aventaja a todos los demás en calidad de cuarta y última enfermedad del Estado». (Platón. La república, 544 c. Edición bilingüe, Madrid, 1969, Tomo III, p. 51).
 

El único criterio usado para tal clasificación es el principio del bien, derivado de la teoría general de Platón sobre este tema. El mejor régimen político es aquel que proporciona y asegura la «vida buena» y feliz de todos los miembros del estado (de la polis), o sea de todos sus ciudadanos. Según Platón, este régimen mejor se da, cuando dicha «vida mejor» es lograda y garantizada por la conducción de «hombres mejores»: «Y serán reyes los que, tanto en la filosofía como en lo tocante a la milicia, resulten ser los mejores de entre ellos». (Platón. La república, 543 a). Tal régimen es denominado por Platón «basileia» (reino), que puede ser monarquía o aristocracia (porque Platón habla de «los mejores» en plural).
 

Si toda la conducción política de una polis se concentra en manos de un solo hombre, que es peor, porque no busca el bien de todos, sino sólo su propio poder y placer, se da el caso de un régimen malo, denominado por Platón, según la tradición griega, tiranía. Este régimen para Platón es tan malo, que ni siquiera es considerado por él como un verdadero régimen político, sino que, en cierto sentido, está fuera de su enumeración.
 

El análisis inicial de estas primeras afirmaciones de Platón sobre el tema nos lleva a una ineludible observación terminológica: con una sola excepción, los nombres de los cinco regímenes políticos buenos, enumerados por Platón en orden decreciente de su bondad (monarquía, aristocracia, timocracia, oligarquía y democracia) son de origen griego. Solo el nombre del peor régimen – «tiranía» – no es un término de origen griego ni indoeuropeo, sino que es un concepto residual extranjero (o sea bárbaro, procedente de anteriores habitantes autóctonos de la Grecia antigua o de alguno de sus vecinos). De tal manera, hasta cierto punto es dable deducir que, para Platón, todas las diferentes formas de gobierno de origen griego son más o menos buenas, mientras que la única forma mala, o sea inaceptable, no es griega en su origen y es designada con una palabra no griega, cuya exacta etimología es desconocida hasta el presente.


En esta última observación, podemos intuir un sentido más profundo que la simple preferencia por lo propio. Dicho con otras palabras, Platón y casi todos los pensadores griegos antiguos sienten preferencia por algo que es propio del concepto mismo de los griegos sobre la vida política. Es decir que dicho concepto griego sobre la convivencia política es considerado, en principio, bueno en sí, o sea bueno objetivamente y no solamente por el mero hecho de pertenecer a la propia idiosincrasia nacional.
 

Esta observación es muy importante para poder comprender correctamente no sólo las teorías políticas de Platón, sino también sus desarrollos posteriores. Este núcleo conceptual clásico de la ciencia política griega consiste esencialmente en la comprensión del estado como el resultado de la conjunción básica de tres elementos: 1) el jefe de estado, 2) sus consejeros y colaboradores en la conducción del estado y 3) el pueblo, en su calidad de árbitro final de estos dos factores. (Arbitro final, porque un arbitraje imparcial justo es la causa final de la política y del estado). En el marco de esos tres elementos se fueron desarrollando varias combinaciones que, en definitiva, se constituyeron en el campo de observación de la naciente ciencia política.
 

Tal idea de esta forma específica de convivencia política se desarrolló en el seno de los pueblos indoeuropeos ya conocedores de la agricultura. La vida política de los mismos estaba influenciada desde sus orígenes no sólo por razones de parentesco tribal, y luego popular (o sea de una unión de varias tribus, como en los casos de Atenas y de Roma), sino también por la necesidad de delimitación y uso prolongado del territorio, con garantías jurídicas para su explotación continua durante varias generaciones, sobre la misma propiedad, para su cultivación racional.
 


La clasificación clásica de Aristóteles
 

Aristóteles (384 - 322 a. de J. C.) continúa estas ideas de Platón, pero agrega un segundo criterio para la clasificación de los distintos regímenes políticos. Además del criterio cualitativo de Platón, él introduce el criterio cuantitativo para clasificar los distintos casos de poder político. En forma simultánea perfecciona la escala de valores platónica de las distintas formas de gobierno, considerando las formas menos buenas como «perversiones» de los «regimenes justos». Además, agrega a la enumeración platónica un nuevo, sexto caso, lo que en esencia representa la raíz de nuevos desarrollos de la ciencia política y, a la vez, de nuevos problemas, aún hoy no totalmente superados.
 

Aristóteles denomina a esta nueva forma de gobierno con una palabra griega ya existente que, hasta entonces, significaba algo así como «el régimen político» o «la constitución de la polis». Esta palabra es «politeia» y es la única de las seis denominaciones aristotélicas de las formas de gobierno, que no es utilizada contemporáneamente, mientras que las cinco restantes se continúan usando sin cambio. Cicerón, en sus «Leyes», inauguró esta práctica, al traducir la palabra griega politeia al latín como república (aunque el término «la tiranía» actualmente también suele ser reemplazado, por el término «la dictadura», que es el nombre de una institución republicana de emergencia y de excepción en la antigua Roma).
 

Es decir, Aristóteles propone su famosa clasificación de seis regímenes políticos, tres de ellos buenos («justos», literalmente «rectos», ορθασ), mientras que los otros tres son desvirtuaciones (desviaciones, παρεκβασεισ) de los mismos. Según Aristóteles, la desvirtuación de los regímenes políticos rectos se produce automáticamente, cuando estos regímenes suplantan el bien común, o sea el bien general de todos los ciudadanos, por el bien propio de los gobernantes. Es así que el poder de uno solo se llama monarquía, cuando se ejerce para el bien general de todos los ciudadanos, mientras que si se ejerce en beneficio del propio gobernante se transforma en tiranía. Al gobierno de unos pocos, ejercido en bien de todos, Aristóteles lo denomina «el poder de los mejores», en griego, aristocracia, pero si este gobierno de unos pocos es ejercido sólo en favor de ellos mismos, se transforma en oligarquía, textualmente «el gobierno de unos pocos». Aristóteles designa al gobierno de muchos, ejercido en bien de todos, con el término politeia, pero si este gobierno de muchos para todos se transforma en un gobierno de muchos para bien de muchos, pero no para todos, es denominado por Aristóteles con el término democracia. Esta es una de sus definiciones principales:
 

«En la primera investigación sobre las distintas formas de gobierno hemos distinguido tres regímenes justos (ορθας πολιτειας), la monarquía, la aristocracia y la república (πολιτειαν), y tres perversiones (παρεκβασεις) de los mismos: la tiranía de la monarquía, la oligarquía de la aristocracia y la democracia de la república (δεμοκρατιαν δε πολιτειας)». (Aristóteles. Política, 1289 a. Edición bilingüe y traducción por Julian Marias y Maria Araujo, Madrid, 1970. Pág.168).
 

Es así como queda formada la famosa clasificación aristotélica de seis distintas formas de gobierno, conceptualmente agrupadas en forma decreciente, de acuerdo con su valor: 1) monarquía, 2) aristocracia, 3) politeia (república), 4) democracia, 5) oligarquía y 6) tiranía. Aquí se observa que las tres últimas formas están ordenadas en forma invertida, porque el peor de todos los regímenes es la tiranía, ya que es la perversión de la mejor de las formas, de la monarquía.
 

Además de considerar la posibilidad de transformación de un buen gobierno en un mal gobierno, debido a su perversión (desvirtuación), Aristóteles considera también otros tipos de cambios de gobierno. Más aún, él sugiere la posibilidad de la existencia de una tendencia natural de rotación cíclica de todas estas formas de gobierno, mutando una por otra con cierta regularidad.
 

Así, por ejemplo, la monarquía con el tiempo tiende a devenir en aristocracia, ya que es imposible encontrar siempre una persona excepcionalmente buena, siendo más fácil encontrar varias personas relativamente buenas. Por ello, la aristocracia, en la mayoría de los casos históricos, es más posible y viable que la monarquía, ya que no requiere de la perfección extraordinaria de cada uno de sus miembros. Sin embargo, a raíz de la mayormente habitual tendencia a corromperse de los seres humanos, y de sus instituciones, muchas veces la aristocracia, a su vez, deviene en oligarquía. Así, el gobierno sigue siendo de pocos, pero estos pocos ya dejaron, en su mayoría, de ser los mejores. Es decir que, entre estos pocos gobernantes, puede haber algunos mejores que otros, pero colectiva y socialmente, ya no es un estamento que requiera como condición que todos sus miembros sean los mejores. Entonces, para contrarrestar de alguna manera la decadencia de la mayoría de los pocos, se amplía sustancialmente la participación en el gobierno que, de esta manera, se transforma en gobierno de muchos, o sea en gobierno de las mayorías, pero para el bien de todos (inclusive para las minorías). Cuando este poder de la mayoría, a su vez, también degenera en beneficio de la propia mayoría, pero en desmedro de las minorías, deja de ser un gobierno dirigido al bien general de todos (politeia), dado que la totalidad de los ciudadanos, o sea el pueblo, está compuesta por las mayorías, junto con las minorías.
 

La mayoría aún no es el pueblo y así lo afirmaban los romanos: «Sed plebis, non populus». Según Aristóteles es así como la politeia (república) se convierte en democracia, en la acepción original de este término. Es entonces, cuando la irremediable crisis de tal desarrollo lleva a la necesidad de buscar un remedio para una situación, con el tiempo insostenible, y se decide, casi subconscientemente, volver al inicio, o sea al gobierno de una sola persona, para salir del desorden social. Sin embargo, en la mayoría de los casos, no se logra dar con el mejor para tal función, sino que el poder es arrebatado por el más feroz o el más astuto o más depravado. Surge entonces la tiranía, donde el tirano se rodea de aduladores y, a su vez, él mismo adula al pueblo para enmascarar su mal gobierno.
 

Así, según Aristóteles, la demagogia, o sea la pretensión de «conducir al pueblo» mediante la adulación, es propia de dos regímenes: de la democracia y de la tiranía. (Idem, 1313 b). Para poder abolir la tiranía es necesario suplantarla con un gobierno sustancialmente mejor y es así que se dan las condiciones para la reinstauración de la monarquía y el inicio de un nuevo ciclo.
 

Todas estas largas y complejas consideraciones de Aristóteles se basan, en gran medida, en la observación de la realidad política del mundo griego de entonces. Aristóteles es un científico que trata de formular hipótesis y teorías sobre la política, en base a observaciones de la realidad de los múltiples y variados experimentos políticos de la Grecia antigua. (Etimológicamente, la palabra «teoría» tiene la raíz del verbo «mirar, observar, contemplar»).
 

Aristóteles no intenta construir una utopía ideológica de un modelo político ideal, sino que sólo pretende extraer conclusiones de sus observaciones de la realidad circundante. Más aún, explícitamente desaprueba los intentos de construcciones políticas abstractas por personas sin experiencia de gobierno. Es así como alaba a Hipodamo por ser un arquitecto idóneo y experimentado, que había planificado y dirigido la construcción del puerto ateniense de El Pireo, pero, al mismo tiempo, lo critica por intentar formular programas de gobierno sin tener experiencia política. Según Aristóteles, como arquitecto es un experto versado y experimentado, pero como ideólogo es un «idiota», o sea un diletante, sin estudios específicos y sin experiencia.
 

Al analizar esta clasificación aristotélica, contenida en su «Política», debemos tener presente que Aristóteles fue autor de estudios sobre 158 constituciones de la antigüedad, lamentablemente perdidos, y, entre ellos, el estudio sobre la «Constitución de Atenas». En este último estudio (encontrado a fines del siglo XIX) Aristóteles describe y analiza las once reformas constitucionales habidas en la polis de Atenas desde su fundación. Sin embargo, hoy debemos acotar que dichas once reformas no se ajustan mucho a la teoría de los ciclos de Aristóteles, salvo que añadamos a dichas reformas la inclusión de Atenas en la monarquía de Alejandro Magno.
 

El análisis mas profundo de la «Constitución de Atenas» nos permite comprender mejor la esencia misma de todas estas clasificaciones de los regimenes políticos de Platón y Aristóteles, siguiendo la génesis y la evolución de la democracia en la Polis de Atenas. Aristóteles afirma que la democracia aparece por primera vez en la polis de Atenas gracias al rey Teseo, quien la liberó de la dependencia de la civilización micénica, procedente de Creta, alrededor del año 1200 aC. Así Atenas vuelve al modelo político indoeuropeo mixto, que reconoce y contiene el elemento de la democracia, aunque sigue siendo una monarquía aristocrática. Cuando los reyes gobiernan una polis sin el régimen mixto, sin reconocer sus otros elementos, son tiranos mitológicos o micénicos, como Edipo rey, en realidad llamado «Edipo tirano» (Οἰδίπους Τύραννος), o son reyes absolutos, como los tiranos de Siracusa, pero no son verdaderos reyes indoeuropeos.

 

El caso especial de la politeia
 

Otra de las cosas que debemos observar en este caso, es la aparición, en la clasificación de Aristóteles, de la politeia como una nueva, sexta forma de gobierno, que no figuraba en las clasificaciones anteriores a él. Además, esta nueva forma de gobierno difiere de las demás, en que todas ellas son formas puras, que expresan un solo principio de gobierno, mientras que la politea es una forma de gobierno compleja, compuesta, mixta. Aristóteles, en general, menciona distintas modalidades de todas la demás formas de gobierno, pero en el caso de la politeia indica que es una combinación principalmente de oligarquía (o aristocracia) y democracia. Es necesario hacer notar, que ya Platón opinaba que son posibles formas de gobierno mixtas, siendo la mejor combinación la de la monarquía con la democracia. Sin embargo Platón no llega a darle un nombre a tal combinación ni incluirla en su clasificación.
 

Es posible que Aristóteles, en este caso particular de la politeia, haya tenido en cuenta un ejemplo también tomado de la vida política real, pero no de la Grecia antigua, sino del mundo extra-helénico contemporáneo de aquel momento, concretamente el ejemplo de la república romana, pero sin mencionarla. No obstante, una frase del texto aristotélico permite suponer una referencia, casi obvia, al estado romano. Aristóteles dice que, en una politeia, las minorías tienen derecho de decidir, pero no de aprobar sus propias decisiones, y también el derecho de rechazar (vetar) las propuestas de las mayorías, mientras que la mayoría no tiene potestad técnica de decidir, pero tiene pleno derecho de aprobar o rechazar las decisiones de la minoría: «Los pocos tienen autoridad para rechazar, pero no para aprobar, sino que en este caso la propuesta siempre se somete a la mayoría». (Idem, 1299 a, pág. 196). Tal descripción se refiere, muy probablemente, a la característica substancial del régimen político romano. Inclusive es posible suponer que Cicerón, que era senador romano, pero también conocía bien las teorías griegas, ha tenido en cuenta tal definición al traducir el término aristotélico «politeia» por «república». En la Grecia antigua no existían tales «politeias», pero la república romana existía antes, durante y después de Aristóteles.
 

Sin embargo, en el caso de que uno de los prototipos reales de la política aristotélica fuera realmente el estado romano, no se debe soslayar que, en la supuesta descripción aristotélica de éste régimen mixto, entre sus elementos constitutivos es prácticamente omitida la monarquía. Pero Cicerón aclara taxativamente que la república romana se inició con su primer rey, Rómulo, y continuó durante los siguientes seis reyes. Cicerón dice «cuando en nuestra república hubo reyes». De esto se deduce que, durante el período de la monarquía de los primeros siete reyes romanos (753 - 510 a. de J. C.), ya existía la república romana. A su vez, luego de este período de siete reyes, siguen habiendo en la república romana fuertes y explícitos elementos monárquicos. En primer lugar, los primeros dos conductores anuales de la república, después del séptimo rey, Tarquinio el Soberbio, fueron elegidos por centurias de ciudadanos, bajo la dirección del prefecto de Roma, designado bajo el reinado de Tarquinio, de acuerdo con las reglas y normas para la elección de reyes, establecidas por Servio Tulio, sexto rey romano. Además, para desempeñar las tradicionales funciones y los ritos religiosos que antes ejercían los reyes, fue establecido un cargo sacerdotal, con el título de «rex sacrorum». Si, por alguna circunstancia, los nuevos jefes de estado (cónsules), electos por el pueblo y aprobados por el Senado y los augures, no podían ser designados para asumir su cargo por los cónsules anteriores, el Senado elegía un «inter rex», para que efectuara tal designación, al igual como se hacía antes, durante el período de los reyes. Los nuevos jefes de estado, dos cónsules elegidos anualmente, que al principio eran, probablemente, denominados «pretores máximos«, o sea adalides supremos, conservaban todas las potestades y las insignias reales, incluyendo la toga, la silla curul y la guardia real de líctores. La única limitación consistía en la duración anual del cargo y en la dualidad del mismo, como en el caso de los dos reyes en Esparta.

 

Los gobiernos mixtos según Polibio
 

Dos siglos después de Aristóteles, Polibio (202 – 120 a. de J. C.) complementa esta definición aristotélica de politeia con la expresa inclusión en la misma de la monarquía, al afirmar que el mejor gobierno posible es un gobierno tripartito, o sea compuesto de elementos de monarquía, aristocracia y democracia. Polibio era griego, pero vivía en el estado romano, y no hay duda de que, en este caso, a él se refería. Polibio sostiene que, en general, todos los regímenes de gobierno son en realidad mixtos, de una u otra manera. Así, según Polibio, resulta que las formas de gobierno platónicas y aristotélicas son abstracciones de la realidad, o sea puros principios. Sin embargo, Polibio no describe en profundidad los tipos de mezclas reales de tales principios, ni establece los tipos de relación entre los mismos, dentro de las posibles combinaciones.
 

Este período histórico de las clasificaciones originarias de los regímenes políticos mencionados, que termina con Polibio, adolece de algunas carencias, por lo menos desde el punto de vista actual. Es posible mencionar tres.
 

1. Las clasificaciones quedan dentro del mundo greco-romano que, para este caso, puede también ser llamado «mundo de pequeños estados», por lo menos en su origen, denominados por los griegos polis. Los grandes estados orientales no son prácticamente tomados en cuenta, aunque Aristóteles algunas veces habla de grandes monarquías absolutas. Los griegos en la época de Aristóteles conocían bien los grandes estados de la Mesopotamia y de Egipto, ambos dominados en aquel momento por Persia. Estos estados también eran agrícolas, pero con una agricultura sobre grandes extensiones, que requería de enormes y complejos sistemas de irrigación. La necesidad de una eficiente administración generalizada (y muy rápida) de tales sistemas de irrigación contribuía decisivamente a la formación de grandes estados, con enormes territorios, con administraciones burocráticas muy complejas, pero centralizadas (y encabezadas por una persona con poderes indiscutibles, casi divinizada), y con la necesidad de avanzadas tecnologías.
 

2. Las clasificaciones antes mencionadas tampoco han tomado en cuenta el factor religioso predominante en dichos estados, y la importancia sociológica de las creencias populares. Sin estos elementos su modelo es incomprensible, como ya lo dijera Fustel de Coulanges.
 

3. Estas clasificaciones de los distintos modelos políticos de la polis desembocan, finalmente, en modelos mixtos, dentro de los cuales prevalece el ejemplo de la república romana. De tal manera, las originarias formas puras devienen en simples elementos de una realidad compleja. Sin embargo, estas clasificaciones no contemplan, en forma explícita, ni otros elementos adicionales, creados para preservar los elementos originarios de las extralimitaciones y de la corrupción, ni la relación entre todos estos elementos. Estos elementos adicionales son en cierto sentido catalizadores, funcionalmente imprescindibles para amalgamar con éxito a los tres elementos constitutivos de la politeia.

 

Los elementos adicionales de la politeia (república) romana
 

Al suplantar, luego del primer período de la república romana, la preeminencia del elemento monárquico por la preeminencia del elemento aristocrático, representado por el Senado, se toman previsiones constitucionales para impedir la excesiva corrupción del mismo. (Porque si la aristocracia se corrompe, deja de ser aristocracia).


Se instituye el cargo de dos censores que, una vez cada cinco años, pueden borrar, en forma inapelable y sin necesidad de explicación alguna, a cualquier senador de la lista de miembros del Senado. Simultáneamente, continúa funcionando el colegio de cinco augures, ya instituido por Rómulo, que poseen la prerrogativa constitucional de desaprobar en forma inapelable, cualquier elección o acto político o militar. Además, cualquiera de los dos cónsules tenía la potestad constitucional de nombrar unilateralmente a un «magister populi» (tiitulo tradicionalmente traducido como «caudillo del pueblo»), también llamado «dictador», con plenos poderes hasta 6 meses, por encima de todos los demás magistrados. Estas son las tres características específicas de la politea romana (los censores, los augures y los dictadores), sin las cuales es absolutamente incomprensible el ensamblaje y funcionamiento de los tres elementos constitutivos indicados por Polibio.
 

Cuando, mucho más tarde, el jurista francés, barón de Montesquie, elabora su teoría de la división de los poderes del estado, se refiere principalmente a los ejemplos de la República Romana y del reino de Inglaterra. Sin embargo, Montesquie ignora o decide ignorar no sólo el hecho de que, en la Roma antigua no había división de poderes, sino que existían las instituciones de censura, de augurio y de dictadura temporal.
La característica esencial de la República Romana consistía justamente en la no separación del poder ejecutivo del poder judicial. Por ejemplo, el segundo cargo en la república era el de pretor que, originariamente, tenía las funciones de mando militar (comandante de una legión) y de juez, en forma simultánea. (En esta última acepción dicho título es usado aún hoy en la Italia actual.) Los posibles excesos o extralimitaciones de los poderes indivisos de los magistrados de la República Romana se prevenían mediante la estricta limitación de sus mandatos y la siempre potencial posibilidad de la intervención de otro magistrado con idénticos poderes y no mediante la división de sus poderes.
 

En cuanto a los poderes de veto de los augures, puede ser mencionado el ejemplo del actual sistema constitucional inglés, en el cual los derechos del monarca se hallan reducidos prácticamente sólo al derecho de veto, similar al de los augures.

 

El principio de poder supremo
 

Otro de los problemas profundos en todos estos casos de gobiernos mixtos es el factor de preeminencia de uno de los elementos constitutivos de los mismos.
 

El jurista y pensador ruso León Tijomirov, al analizar este problema específico a la luz de la historia universal, llega a la conclusión de que, en todos los regímenes de gobierno mixtos, en los cuales se amalgaman diferentes formas (principios de gobierno), uno de estos principios siempre tiene carácter de supremo. Además, considera que prácticamente existen sólo dos principios supremos posibles: la monarquía y la democracia. De tal manera, en cualquier gobierno mixto siempre hay un poder supremo, mientras que los demás son poderes de gestión. Por ejemplo, según Tijomirov, el principio supremo de poder en Roma era siempre el principio democrático. Este principio actuaba sirviéndose primero, durante el período de los reyes, de una administración monárquica; luego, de una administración aristocrática por el orden senatorial y, ya en el período imperial, de una burocracia meritoria, encabezada jerárquicamente por el emperador. Sin embargo, el emperador romano no era un monarca en forma plena durante los primeros siglos, hasta Constantino el Magno, sino un único y pleno representante del pueblo. Tijomirov advierte que, aun en la época de los reyes, el poder de otorgar gracia en Roma no pertenecía a los reyes, sino al pueblo. Según Tijomirov, el poder de otorgar gracia es distintivo de un poder supremo.
 

Resumiendo esta teoría, se puede decir que todos los regimenes políticos son mixtos y combinan distintas formas o principios de gobierno, pero sólo uno de ellos, en cada caso, es el poder supremo, mientras que los demás poderes son de gestión o simplemente decorativos.

 

Las causas de legitimidad del estado
 

El pensador italiano Guglielmo Ferrero desarrolló una teoría sobre la legitimidad política de los gobiernos, según la cual, en toda la historia humana, dicha legitimidad se ha basado sobre uno de esto dos principios: monarquía y democracia. Algo similar sostiene el pensador argentino Jorge Luís García Venturini, en su libro «Politeia», al afirmar que sólo hay tres posibles orígenes de un gobierno: por herencia, por elección o por la fuerza, y sólo los dos primeros son legítimos.
 

Sin embargo, el filósofo español José Ortega y Gasset afirma, en su obra «Una interpretación de la historia universal», que de dichas dos formas de legitimidad sólo la primera, o sea la monarquía, es plena y primariamente legítima, porque dicha legitimidad política emana de una legitimidad más amplia que procede de creencias populares más profundas. En cambio, la legitimidad democrática, según Ortega y Gasset, siempre es secundaria y precaria, porque depende de una condición previa y de una condición posterior. Debe haber un consenso previo para el establecimiento de cada gobierno democrático, consenso que debe incluir no sólo a las mayorías, sino también a las minorías. Además debe obtener un consenso «a posteriori» sobre su eficacia y eficiencia (y decencia).
 

Es interesante que Ortega y Gasset, en la década del cincuenta del siglo pasado, constataba enfáticamente que todo análisis político posterior a la Conferencia de Yalta de 1944, se encuentra frente a un hecho radicalmente nuevo. En la mencionada conferencia se establecía y se declaraba solemnemente que todos los aliados en ella reunidos son «grandes democracias», tanto los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia por una parte, como la Unión Soviética por la otra. Ortega y Gasset afirma que, con esta solemne y expresa declaración, reiterada con insistencia, se anula en la práctica el sentido estricto, existente con anterioridad, del término «democracia». Ortega y Gasset hace ver que, en realidad, a partir de ese momento, existen distintos tipos de democracia, que sólo tienen en común tal denominación decorativa.
 

Hoy mismo, siguen existiendo algunos pocos estados cuya denominación no coincide de ninguna manera con el sentido habitual anterior del término empleado, como por ejemplo, la «Democracia Popular de Corea del Norte» y la «República democrática del Congo». De tal manera, es evidente que hoy existen en realidad gobiernos mixtos, en cuya amalgama de formas compuestas participan formas meramente decorativas. Inclusive, es dado sospechar que, en algunos casos, coexisten dos (o quizás más) elementos decorativos, dentro de una amalgama de varias formas de gobierno.
 

En relación con este análisis, no debe soslayarse otra afirmación importante de Ortega y Gasset, vinculada con la sustancia misma de este problema. En concreto, Ortega y Gasset afirma que lo más importante para comprender la política es averiguar «quién es el que realmente manda», o sea quien detenta el poder real, por dónde pasa el centro de gravedad del poder político.

 

La clasificación de los gobiernos mixtos
 

Resumiendo, obtenemos de tal manera el siguiente esquema:
 

En la práctica todos los regímenes políticos existentes en la historia son mixtos, compuestos, por dos o más formas diversas (principios de gobierno), en calidad de elementos. Uno de estos elementos amalgamados tiene el carácter de principio supremo.
 

Teóricamente, hay sólo dos posibles principios supremos: la monarquía y la democracia. (La monarquía puede tener carácter correcto o también incorrecto, desvirtuado, pervertido, según la clasificación de Aristóteles.) Es decir que, en la composición de todo gobierno mixto, deben participar como principio supremo o la democracia o la monarquía. Además del principio supremo, en todo gobierno mixto deben existir una o varias formas de gobierno como principios de gestión.
 

En tales gobiernos mixtos también es posible la existencia de elementos decorativos. En tal caso, es posible que algunos componentes del poder real adquieran el carácter de un poder «en las sombras» o «detrás de bambalinas», porque donde hay decoraciones es dable suponer que también hay bambalinas y un director de escena detrás de las mismas.
 

En cuanto a la rotación cíclica de las formas de gobierno, sostenida por Aristóteles, se trata en realidad de una rotación de lugar de importancia de los distintos componentes-elementos dentro de un mismo conjunto de elementos. Por lo tanto, puede considerarse que, en la misma polis de Atenas, cuya evolución institucional fue detalladamente descripta por Aristóteles, no hubo una sucesión de cambios de forma de gobierno, sino una rotación interna de sus distintos elementos constitutivos, igual que en Roma. En forma análoga, en Inglaterra normanda el poder real inicialmente es compartido por la aristocracia de los conquistadores (Walter Scott dice que el status de los lores constitucionalmente es más importante que el status real), luego también sucesivamente por los caballeros, las corporaciones y oligarquías de los burgueses y, al final, por los demás ciudadanos. Sin embargo, la inclusión de los elementos posteriores no significa la desaparición total de los elementos anteriores, aunque puede darse el caso de su parcial ocultación en las sombras.
 

Tampoco puede ser considerado como «rotación cíclica» el cambio del consenso general sobre el «principio supremo» de gobierno, que evidentemente pasó de la monarquía a la democracia (aunque sea en forma declamatoria), pero ello todavía no significa rotación.
 


La clasificación de los poderes de gestión
 

Como ya se vio, las primeras clasificaciones se auto-limitaban al mundo greco-romano de los pequeños estados-polis, sin considerar a fondo los casos de los grandes estados orientales de Mesopotamia y de Egipto. Con está realidad dual ya se enfrentaron los nuevos estados helenísticos, surgidos después de las conquistas de Alejandro Magno. De punto de vista macrohistórico, el estado romano paulatinamente adquirió muchos rasgos de este mundo helenístico, y también trató de aprovechar algunas de sus experiencias.
 

La forma del Imperio Romano, surgido luego de algunos intentos de restauración monárquica de Julio César, también respondía a una serie de necesidades históricas, sobre todo relacionadas con la transformación del «urbe» en «orbe». La necesidad de adaptación a las nuevas realidades impulsaba la evolución constitucional de este imperio, que inclusive se reflejaba en su terminología política.
 

Los cambios más profundos se operaron en el campo de los poderes de gestión, sobre todo evidentes en el nacimiento y desarrollo de la burocracia administrativa del Imperio. Justamente en este campo es dable observar inclusive ciertas influencias de los sistemas administrativos del Egipto helenístico, al lado de muchas improvisaciones propias. Debido a estos grandes procesos históricos, las viejas clasificaciones, establecidas frente a otras realidades político-sociales, ya no resultaban plenamente suficientes.
 

Tales clasificaciones clásicas de la Antigüedad son aún menos suficientes para los tiempos actuales. En primer lugar, las poblaciones de los estados modernos no se pueden ni de lejos comparar con las poblaciones de los estados antiguos, no solo por las cantidades de ciudadanos, sino también por sus necesidades de infraestructura. Es imposible soslayar el simple hecho de la triplicación, e inclusive cuadruplicación, del gasto público de los estados actuales, en comparación con la antigüedad, expresado en porcentaje del PBI. Los impuestos en la antigüedad mayormente se designaban con la palabra «diezmo», equivalente al diez por ciento de la renta. Hoy dicho impuesto en la mayoría de los estados supera el tercio de las ganancias, mientras que el nuevo impuesto al valor agregado, en su origen no tan lejano también concebido como un «diezmo» sobre el valor agregado de todos los bienes y servicios producidos, en la mayoría de los casos se ha más que duplicado. La suma de todos los impuestos recaudados por algunos estados modernos (y por lo tanto la suma de sus gastos) a veces llega a la mitad de su producto bruto interno, o sea de la producción de todos los bienes y servicios en su seno. Ambas actividades nuevas del estado moderno, la enorme y compleja recaudación de varios impuestos y la aún más enorme administración del gasto público, requiere de una también enorme y adicional actividad legislativa, reglamentarista, administrativa y judicial del estado moderno. Existen varias soluciones legales y operativas para estos nuevos menesteres del moderno estado social, a veces paternalista, que también requieren alguna clasificación.
 

El conocido jurista alemán Carlos Schmitt propuso en el siglo pasado la clasificación de los estados, según sus estructuras de gestión, en estados legislativos, jurisdiccionales, gubernativos y administrativos, con la aclaración que tal clasificación no invalida las clasificaciones clásicas: «Tanto la República de Platón como la Política de Aristóteles son, como ha dicho Lorenz von Stein, “teorías de una sociedad sin Estado, y, por tanto, sin Administración"». (Carlos Schmitt. Legalidad y legitimidad. Aguilar, Madrid, 1971. Pág. 10).
 

Schmitt acota que muchas veces los estados actuales pueden poseer más de una de las características descriptas. Su obra mencionada analiza principalmente la República de Weimar, establecida en Alemania luego de la Primera guerra mundial, la cual es, según Schmitt, un típico estado legislativo, pero con fuerte presencia de elementos burocráticos, heredados del Estado de Prusia. Esta república legislativa era evidentemente democrática, pero, sin embargo, de su seno surgió la dictadura nacional-socialista, de manera «legal», según Schmitt. Surge la pregunta: podría haber surgido una dictadura en forma «legal» en el anterior estado monárquico alemán?

 

Una nueva etapa de la teoría política
 

Este aumento de las características de los estados modernos, en gran parte debido al enorme crecimiento de su tamaño y complejidad, confunde considerablemente todas las clasificaciones anteriores y requiere de una adaptación de las mismas a las nuevas realidades.
 

Además, también existe cierta confusión con respecto a la cantidad de los elementos componentes del estado, cada uno de los cuales puede y debe ser de alguna manera clasificado. La ciencia política mayormente mencionaba cuatro elementos del estado: el poder, las estructuras, el territorio y la población. Sin embargo, esta enumeración de cuatro elementos del estado no toma en cuenta a otros dos elementos: el régimen político (la constitución) del estado y las creencias colectivas (ideologías), imperantes en el mismo. De tal manera, se llega a seis elementos en total.
 

El régimen político (politeia) es considerado por Aristóteles como un elemento muy importante: «El régimen (la constitución) es una ordenación de las magistraturas, que todos distribuyen según el poder de los que participan de ellas… Por consiguiente es forzoso que existan tantos regímenes como ordenaciones según las superioridades y las diferencias de las partes.» (Política 1290 a). En este caso Aristóteles usa la palabra πολιτεια en el sentido de «régimen político» (que algunos traducen como «constitución), y no en el sentido del tercer régimen recto, que Cicerón tradujo con la palabra «república». También es importante tener en cuenta que Aristóteles no se refiere en este caso a las constituciones escritas, en el sentido actual del término, sino a las constituciones políticas reales, que pueden incluir también a las constituciones escritas, en caso de que existan, pero que mayormente las exceden.
 

La presencia de las creencias colectivas (según la terminología de Ortega) es evidente en todos los estados antiguos, y también es verificable en la mayoría de los estados modernos. Fustel de Coulanges dice que los estados de la antigüedad no se pueden entender, sin tomar en cuenta las creencias de sus pueblos. Ortega inclusive considera, que las creencias colectivas son la base de la legitimidad de los estados: «Al quebrarse la creencia común se resquebraja la legitimidad». «A la desintegración de las creencias y del sistema normativo de las costumbres, es decir, de las conductas, sigue inmediata la desintegración de la legalidad del poder público». (Ortega y Gasset. Una interpretación de la historia universal. Madrid, 1960. Pág. 216 y 226). Actualmente muchos estados (pero no todos) niegan toda relación con cualquier creencia religiosa, pero en este caso no se trata de creencias únicamente religiosas, sino de creencias colectivas, sociales. Además, justamente los estados que niegan toda relación con cualquier religión, mayormente sostienen alguna ideología, reemplazando de tal manera una cosa por otra. Así, el factor ideológico reemplaza al factor religioso.
 

Tampoco es objeto de un estudio adecuado y suficiente el carácter y el papel real del llamado «cuarto poder», o sea de la prensa, hoy mejor denominado como «mass media». Además, en cierto sentido se puede hablar de un nuevo poder, separado de los demás poderes administrativos de gestión, que antes formaba parte del poder soberano, que es el poder de emisión de moneda. Este poder en la actualidad pertenece a los bancos centrales, que en la antigüedad no existían. En los distintos estados actuales, los bancos centrales poseen diferentes atribuciones, que en algunos casos llegan a una independencia casi total de los demás poderes políticos, sobre todo en cuanto al ejercicio de sus funciones. Tal situación es prescripta expresamente en forma legal, a veces con carácter constitucional.

 

Clasificación integral
 

Un ordenamiento integral, completo y actualizado de la clasificación de los regímenes políticos requeriría, en primer lugar, de una enumeración de todos los elementos del estado moderno normal, y, luego, de una clasificación de todas las variables posibles de cada uno de tales elementos, o, por lo menos, de los más importantes. Ninguna clasificación por un solo elemento es suficiente, ya que una descripción científica de la realidad requiere imprescindiblemente una descripción completa de todos los factores y elementos, y de todas sus características.
 

Además, debido al carácter mixto de prácticamente todos los estados actuales, de una u otra manera, es necesario no solo indicar todos sus elementos componentes, sino también establecer los diferentes categorías de funciones de tales componentes. Por ejemplo, hemos visto la existencia de «elementos soberanos», según Aristóteles, o «principios supremos», según Tijomirov. También hemos mencionado a los «elementos decorativos», a los «elementos en las sombras» y al «poder real». Por lo tanto, sería necesario clasificar a los estados según, por lo menos, cuatros de sus elementos: según sus formas de poder, según sus estructuras de gestión, según su régimen político y según sus creencias o ideologías. Los dos elementos restantes (el territorio y la población), se pueden posponer en una clasificación abreviada.
 

Para clasificar los estados, según sus formas del poder, se podrían en principio conservar las clasificaciones clásicas. Para la clasificación de los estados, según sus estructuras, se podría tomar como base la clasificación propuesta por Schmitt. De acuerdo con todo ello, podemos intentar dar un ejemplo ilustrativo de tal clasificación integral.
 

Si tomamos para ello, por ejemplo, el caso del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a primera vista se puede decir que se trata de una monarquía constitucional (aunque no tiene constitución escrita), que a la vez es una democracia parlamentaria, una de las dos cámaras de cuyo parlamento es aristocrática (la cámara de los lores), pero cuyo poder real en gran parte pertenece a grupos oligárquicos del «establishment».
 

¿Cómo debería ser la definición completa, compatible con esta percepción inmediata? En cuanto a la forma de su poder, podemos decir que se trata de una forma mixta, compuesta de monarquía, democracia, aristocracia y oligarquía. La monarquía y la democracia son mayormente decorativas, mientras que el poder real pertenece a un conjunto de grupos oligárquicos (algunos en las sombras), con alguna participación minoritaria de elementos aristocráticos. Sin embargo, el «principio supremo» parece pertenecer simultáneamente a la monarquía y a la democracia, aunque también es posible opinar que sólo la democracia es el principio supremo, mientras que la monarquía inglesa actualmente conserva solamente funciones de veto, similares a las funciones de los augures en Roma. En cuanto a las estructuras de su estado, se puede decir que es un estado legislativo, con fuertes elementos burocráticos. En cuanto a su constitución, podemos decir que se trata de una constitución no escrita, pero histórica y tradicionalista, de varias capas, desarrollada y evolucionada orgánicamente. En cuanto a su territorio, población y creencias, se puede decir que es una especie de confederación de varias etnias, varios territorios («lands»: England, Scotland, Irland) y varias creencias, unidos mediante la «unión personal«, ejercida por un jefe supremo común, con el título hereditario de rey o de reina, quien a la vez ostenta el título de jefe superior de una de estas creencias, y que, además, comparte en cierto sentido la ideología de la democracia liberal – socialista.
 

En general, casi todos los estados actuales se autoproclaman «democráticos», cómo lo ha detallado hace años el filósofo español Julián Marías. Sin embargo, no se puede decir que en todos ellos la democracia representa el principio supremo, ni que el «demos» tiene el poder real. En muchos casos la democracia es, en mayor o menor medida, solamente un elemento decorativo. También se puede observar que en muchos estados actuales el poder real es corporativo, ejercido en forma mixta, públicamente y desde detrás de las bambalinas, porque mayormente pertenece a distintas corporaciones oligárquicas.
 

De tal manera, actualmente las clasificaciones integrales de los estados modernos son muy complejas y en parte relativas, lo que las hace aún más difíciles, y por ello más descriptivas que definitorias.